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Viernes, Abril 19, 2024
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Primer Tribunal Ambiental rechaza reclamación de empresa InterChile en proyecto Cardones Polpaico

En Antofagasta con fecha 6 de junio del 2018, por acuerdo de unanimidad de los Ministros Titulares integrantes de la sala del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo, Ministro Abogado, Daniel Guevara, Presidente y Marcelo Hernández, Ministro en Ciencias, se dictó sentencia en la reclamación R-4-2018, llevada adelante por la empresa Interchile en contra de la Resolución Exenta emitida por la Superintendencia de Medio Ambiente.

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La causa fue interpuesta por la empresa en contra de la Resolución Exenta Nº11/Rol Nº D-045-2017 de la SMA que resolvió rechazar el Programa de Cumplimiento, esto como respuesta al programa sancionatorio que se sigue en su contra, específicamente en relación a una infracción ocurrida en la comuna de los Vilos con ocasión de la construcción de una instalación de faena, no descrita en la Evaluación Ambiental del proyecto, además de no cumplir con el plan de rescate, relocalización y monitoreo de trasplante de suculentas, en el marco del Proyecto Plan de Expansión Chile LT 2X500 KV Cardones – Polpaico, el cual consiste en una línea de transmisión de alto voltaje que atraviesa las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana.

Es así que los Ministros Titulares del 1TA, luego de efectuar un exhaustivo trabajo apoyado por el equipo interdisciplinario del Tribunal, resolvieron rechazar en su totalidad la reclamación judicial interpuesta por la empresa Interchile en torno a su Programa de Cumplimiento, por carecer de Idoneidad, eficacia y verificabilidad, entre otros argumentos.

En esta reclamación también actúo como tercero coadyuvante de la reclamada, la comunidad a través de la Cooperativa de Comerciantes Ambulantes El Esfuerzo de Los Vilos, confirmando el rechazo al Programa de Cumplimiento presentado por la empresa.

Programa de Cumplimiento

El Programa de Cumplimiento es un instrumento que contempla la normativa ambiental vigente (DS Nº 30, 2012) y que opera una vez que la Superintendencia inicia un procedimiento sancionatorio formulando cargos en contra del titular de un proyecto. Para hacer frente a esto, las compañías pueden presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) que implica el compromiso de corregir las infracciones que hasta ese momento la SMA pudo detectar, con el objetivo de evitar la continuidad del procedimiento y eventualmente las sanciones.

La notificación de la sentencia fue realizada a las partes y los antecedentes de la causa, así como el video de la audiencia de reclamación realizada el 20 de marzo en Antofagasta, se encuentran disponibles en la página www.1ta.cl y en el Sistema de Gestión de Causas.

FUENTE: PRIMER TRIBUNAL AMBIENTAL

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