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Jueves, Abril 18, 2024
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¿Es necesario que las personas hagan un testamento?

¿Es necesario hacer o no un testamento? o ¿cuándo es el momento ideal para hacer un testamento?, son dudas bastante comunes entre los estudios de abogados, porque hoy en día son cada vez más las personas que están preocupándose por este tipo de situaciones, ya que la mayoría de las veces se genera un gran problema para la familia una vez que muere una persona, porque desconocen los pasos a seguir.

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El testar los bienes no es un acto muy frecuente en nuestro país. Y en este sentido, la abogada Macarena Venegas de Venegas & Cía señala que no es obligatorio hacer un testamento, es importante recalcar que el acto de testar recoge la voluntad de la persona en relación a cómo se deberán repartir los bienes al momento de fallecer, asimismo, ciertos derechos que podrían tener sus herederos. Se debe tener presente que a pesar de eso, hay ciertas asignaciones forzosas que la ley exige”.

En nuestro país existen dos tipos de testamentos, el solemne y el menos solemne, señala Macarena Aguilar de Venegas & Cía., que “estos últimos son excepcionales pues generalmente se dan cuando la vida de la persona está en peligro, lo más común es encontrarnos con testamentos solemnes que pueden ser abierto o cerrado”.

Lo cierto es que nuestra legislación contempla que el testamento solemne pueda ser abierto, cuando el testador manifiesta su voluntad ante un notario y testigos; y en el segundo caso, el testador presenta ante el notario y testigos una escritura cerrada, declarando a viva voz que dicho documento contiene su última voluntad.

“Cuando estamos frente a una masa hereditaria que contiene muchos bienes, basta con el que el testador asigne porciones, no es necesario que se haga un inventario de todos los bienes”, agrega Aguilar.

Pero ¿de qué forma se reparten los bienes? Ante esta interrogante, la actual panelista del matinal de CHV, Macarena Venegas explica que “el cincuenta por ciento de los bienes va a los asignatarios forzosos, el otro veinticinco por ciento es para mejorar a estos asignatarios, finalmente, el restante, esto es el otro veinticinco por ciento, el testador puede disponer a quién estime conveniente. Por último, el testamento no sólo sirve para transmitir bienes, sino que es un acto que permite hacer ciertas declaraciones, como el reconocer un hijo no matrimonial”.

Finalmente, para el caso de no existe un testamento, cualquier heredero podrá iniciar el trámite de la posesión efectiva ante el Registro Civil.

Datos claves para testar:

1) Es un acto personal, no se puede encargar a un tercero.

2) Todo testamento se puede revocar, basta con que se haga uno nuevo, es recomendable que se agregue una cláusula indicando que el testamento anterior queda nulo.

3) Para saber si existe un testamento, se puede consultar el Registro Nacional de Testamentos, pudiendo obtener el nombre del testador, la fecha en que se realizó el acto y el tipo de testamento.

4) Pueden realizar un testamento, en el caso de las mujeres, las mayores de 12 años y para el caso de los hombres, cumplido los 14 años.

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