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Lunes, Octubre 30, 2023
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Experto entrega consejos para las pymes y empresas que utilizan vales electrónicos como boletas

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó recientemente que mantendrá hasta el domingo 28 de febrero próximo la validez como boleta de los vales electrónicos, y vales en reemplazo de las boletas emitidas por las máquinas registradoras, terminales de punto de venta e impresoras fiscales. Esta determinación beneficiaría a alrededor de 10 mil contribuyentes y considera sólo a quienes actualmente utilizan las máquinas registradoras, impresoras fiscales y terminales de puntos de venta, autorizadas en el pasado, además de los permisos para emitir vales electrónicos, pero con formato distinto a la nueva boleta electrónica, en reemplazo de boletas en papel.

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Todos estos cambios para las empresas y pymes se deben a la entrada en vigor de la boleta electrónica el 1 de enero de 2021 para los facturadores electrónicos, y el 1 de marzo del próximo año para quienes no lo son. En estos mismos plazos comenzará la obligación de informar en la boleta, separadamente, el monto final de la compra que corresponde al pago del IVA.

Muchos comercios usan estos vales electrónicos en lugar de las antiguas boletas debido a que “los tradicionales talonarios de papel necesitan ser compradas en una imprenta y luego ser timbrados en el SII, mientras que para los vales electrónicos una vez emitido el voucher o comprobante el cual previamente es aprobado o timbrado por el SII, el sistema genera automáticamente el libro de ventas, donde el contribuyente puede continuar declarando el IVA. En este caso no se exige que los contribuyentes sean facturadores electrónicos”, explicó Felipe Obal, contador público y auditor de la Universidad de Santiago (Usach).

De acuerdo con el especialista, la medida del SII busca entregar a las empresas y comerciantes más tiempo y hacer menos engorroso la transición a las boletas electrónicas.No obstante, los vales electrónicos son sólo medios de pagos, ya que “este tipo de instrumento no tiene directa relación con el SII, pues al no estar en línea no se puede hacer un cruce por parte del SII, y el contribuyente declara la cantidad de documentos emitidos y montos cobrados, a diferencia de la boleta electrónica en donde el Servicio de Impuestos Internos sí podrá realizar el cruce de las compras y las ventas”, destacó Obal.

Por último, el también académico de la Universidad Alberto Hurtado recomendó que, si el contribuyente tiene que dejar de emitir boletas en talonarios y elegir entre boletas electrónicas y vale electrónico, la alternativa es optar por las boletas electrónicas, ya que esta última opción es la que perdurará ante el ente fiscalizador. Además, para la emisión de boletas de ventas de bienes y servicios electrónicos existe el sistema gratuito del SII o bien las opciones pagadas que ofrece el mercado.

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